En las fuentes, tanques y depósitos de agua de los paseos públicos el agua deberá ser renovada completamente por lo menos cada cinco días durante el período comprendido entre el día 1o. de noviembre y 30 de abril.
Cuando no fuera posible dar cumplimiento a la anterior disposición, se dará aviso al Servicio de Salubridad Pública el que de acuerdo con el Servicio de Areas Verdes Centrales tomará las medidas del caso colocando peces larvívoros o petrolizando periódicamente las aguas durante la estación calurosa.
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