En las zonas donde se realiza la recolección de residuos con el sistema mecanizado lateral de recolección, queda prohibido depositar en la vía pública bolsas o recipientes con residuos, con excepción de las situaciones autorizadas expresamente por la Intendencia de Montevideo. La infracción a lo dispuesto en este artículo se sancionará con una multa de 5 U.R (cinco unidades reajustables).