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D.1338

Cuando se traten los productos envasados en recipientes de vidrio, deberá cuidarse que la temperatura inicial del agua en la autoclave sea ligeramente inferior a la del producto que se carga.

Deberá aplicarse primero la presión de aire antes de que aumente la temperatura del agua. Igualmente se cuidará que la temperatura del agua no disminuya hasta tal punto que exista el peligro que pueda romperse el vidrio debido a un cambio brusco de la temperatura.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
1338
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. VI, Art. 1338
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0006.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0006.0000.0000.0000.0000.G.0006.0000.0000.0000.0000.D.1338.0000.0000.0000.0000
Id: 
VI-D.1338