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D.1732.3

Los yogures pueden ser adicionados de los  siguientes ingredientes complementarios: leche concentrada, grasa  láctea (crema de leche, manteca, grasa anhidra de leche), sueros lácteos, leche en polvo entera o descremada, suero de manteca,  proteínas lácteas y caseinatos, azúcares, trozos, pulpa y jugo de  frutas, otros productos alimenticios tales como miel, cereales,  hortalizas, frutas secas o deshidratadas, chocolate, especias, café.
Se permite además el agregado de los aditivos comprendidos en  la lista positiva correspondiente y de los  aromatizantes-saborizantes y colorantes de las listas generales correspondientes, en los casos en que estos se autorizan a texto expreso.
 

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
1732.3
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título II, Cap. XVI, Secc. III, Art. 1732.3
Fuentes
Fuente: 
art. 11
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0006.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0016.0000.0000.0000.0000.G.0003.0000.0000.0000.0000.D.1732.0003.0000.0000.0000
Id: 
VI-D.1732.3