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D.1930

Los propietarios de establecimientos en los que se crien animales y utilicen restos alimenticios, deberán solicitar su inscripción en la Dirección de Salubridad, haciendo constar: a) Nombre y apellido; b) Ubicación del establecimiento; c) Nómina de los locales de los que se retiren restos de comida (denominación, calle y número de cada uno de ellos); d) Descripción y caracteristicas del o de los vehículos que utlicen para el transporte , debiendo adjuntar dos fotografías de cada uno de ellos.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
1930
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. II, Art. 1930
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 2
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0006.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.D.1930.0000.0000.0000.0000
Id: 
VI-D.1930