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D.895

Puede ser considerada falta grave y objeto de decomiso:

a) La elaboración, expendio, transporte o depósito de sustancias o productos alterados, adulterados, contaminados, falsificados, nocivos o que presenten infestaciones por ácaros o ectoparásitos de cualquier naturaleza: cincuenta y cuatro unidades reajustables (54 U.R.).

b) Expendio, elaboración, depósito o transporte de alimentos con microorganismos considerados patógenos que superen los límites establecidos en el Título II del presente Volumen: cincuenta y cuatro unidades reajustables (54 U.R.).

c) Expendio, elaboración, depósito o transporte de alimentos con microorganismos que por su calidad o cantidad a juicio del Servicio de Regulación Alimentaria, indiquen una manipulación defectuosa, malas condiciones de higiene, o hagan presumir la presencia de gérmenes patógenos o microorganismos cuyo número supere las cantidades fijadas como límites máximos admisibles en las reglamentaciones vigentes: veintiseis unidades reajustables (26 U.R.).

d) Existencia de productos envasados o no, útiles alimentarios, cierres o tapas en condiciones tales que no se ajusten a las prescripciones contenidas en las normas bromatológicas vigentes, susceptibles de inducir a engaño respecto a la verdadera naturaleza, calidad y origen de los mismos: veintiseis unidades reajustables (26 U.R.).

e) Alteración de la fecha de vencimiento original declarada en el envase de los alimentos: cincuenta y cuatro unidades reajustables (54 U.R.).

f) Existencia para comercialización de mercaderías vencidas: de cincuenta y cuatro a trescientas cincuenta unidades reajustables (54 U.R. a 350 U.R.).

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
895
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título I, Cap. VI, Art. 895
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 701 num. 2
Observaciones: 
y nums. 9 y 11
Administrativo
Órden: 
A.0006.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0006.0000.0000.0000.0000.D.0895.0000.0000.0000.0000
Id: 
VI-D.895