Los aromatizantes/saborizantes de humo no aportarán más de 0,03 ppb de 3,4 benzopireno al alimento final; a los fines del control analítico, este valor se determinará a partir del 3,4 benzopireno presente en el aromatizante/saborizante de humo utilizado y de la dosificación de este último en el alimento/producto pronto para el consumo.