Back to top

D.1308

Los líquidos provenientes del proceso de faena serán rápidamente evacuados del sector, evitándose su estancamiento.
No se admitirá en ningún caso el vertimiento de la sangre proveniente de la matanza a los desagües debiendo separarse ésta del efluente. La sangre colectada se cocinará en recipiente destinado a este uso específico y retirada del establecimiento una vez cumplido el proceso.
El contenido de los estómagos de los animales faenados tampoco podrá volcarse a los desagües.
Se contará con una fosa séptica para la recolección de los residuos líquidos.
Los desagües de pluviales (techos y pavimentos) no se vertirán a la fosa séptica.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
1308
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Grupo III, Art. 1308
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0006.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0006.0000.0000.0000.0000.G.0004.0000.0000.0000.0000.I.0003.0000.0000.0000.0000.D.1308.0000.0000.0000.0000
Id: 
VI-D.1308