Para el abastecimiento de restaurantes, casas de comidas, bares y otros lugares de expendio de alimentos, sólo se autoriza el pan chico en envase individual. El pan de viena, pan para frankfurters, tortugas y panes chicos que sean procesados posteriormente en cocinas de bares y cantinas, podrán envasarse en bolsas de hasta 24 (veinticuatro) unidades.