El contenido de pescado de las conservas de pescado debe constituir por lo menos el 50% m/m del contenido neto del envase. Antes de ser libradas a la venta las conservas de pescado deben ser sometidas a las pruebas de esterilidad correspondientes: incubación 15 días a 37ºC y de éstas, un número representativo debe incubarse 7 días a 55ºC. No deberán expenderse antes de un tiempo total mínimo de 20 días luego de su producción.