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D.1701

Desde el punto de vista de sus propiedades físicas y químicas, la leche cruda deberá responder a las siguientes características:
a) su materia grasa no será inferior a 2.9% en los meses de abril a agosto y a 2.7% en el resto del año;
b) el extracto seco no graso no será inferior a 8.5%;
c) su densidad estará comprendida entre 1.028 y 1.034 g/ml a 15ºC;
d) el índice crioscópico no superior a -0.510;
e) su acidez se encontrará comprendida entre 14 y 18 grados de acidez Dornic;
f) respecto a la prueba de lactofiltro, se encuadrará en los valores clasificatorios utilizados en el país;
g) los caracteres sensoriales serán los propios del producto en forma natural;
h) no corte a la prueba del alcohol cuando se mezclan partes iguales de leche y alcohol a 68ºG.L., a 15º, aplicable a leches no refrigeradas en el tambo y de acidez superior a 14º Dornic.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
1701
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. XVIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Grupo I, Art. 1701
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 5
Observaciones: 
lit. d
Fuente: 
art. 5
Observaciones: 
lit. k
Fuente: 
art. 5
Observaciones: 
lit. j
Fuente: 
art. 5
Observaciones: 
lit. i
Fuente: 
art. 160
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0006.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0002.0000.0000.0000.0000.F.0016.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.I.0001.0000.0000.0000.0000.D.1701.0000.0000.0000.0000
Id: 
VI-D.1701