Se autoriza en las emulsiones grasas definidas en D.1735.6 el empleo de los siguientes ingredientes:
a) leche entera o descremada;
b) leche fermentada por bacterias lácticas seleccionadas;
c) sal;
d) azúcares;
e) proteínas comestibles adecuadas ;
(*) f) yema de huevo;
(*) g) almidones;
(*) h) gelatina;
i) vitaminas A y sus ésteres, vitamina D y vitamina E y sus ésteres y otras vitaminas.
(*) Quedan exceptuados estos ingredientes para la margarina. Se admite asimismo el empleo de los aditivos alimentarios autorizados en la Lista Positiva de aditivos y los colorantes naturales y aromatizantes establecidos en la Lista General correspondiente. Se prohibe expresamente el agregado de diacetilo.
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