Pan con especias o de especias o pan con vegetales. Es el pan que reúne las condiciones del art. D.1739 al que se incorporan especias tales como comino, amapola, sésamo, o vegetales tales como zanahorias, espinaca, cebolla, ajo, etc.
Cuando contenga una sola especia o vegetal se denominará como "pan con..." o "pan de..." seguido del nombre de la especia o vegetal.
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