Las pastas al huevo deberán presentar un contenido en colesterol no menor de 0.04 % calculado sobre base seca. Simultáneamente el contenido de proteínas solubles debe ser el que corresponde a un mínimo de 2 huevos.
Queda permitido el refuerzo del color amarillo proveniente de la yema, por el agregado de los colorantes naturales autorizados en la lista general correspondiente, debiendo declararse los mismos en la rotulación.
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