Extracto simple de tomate. Es el concentrado que cumple las exigencias del artículo D.1751.18, a excepción del porcentaje de sólidos solubles naturales que no podrá ser inferior a 15%.
Extracto simple de tomate. Es el concentrado que cumple las exigencias del artículo D.1751.18, a excepción del porcentaje de sólidos solubles naturales que no podrá ser inferior a 15%.
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