Desde el punto de vista físico - químico, el agua mineral debe diferenciarse del agua potable por el contenido de determinadas sales minerales, así como por la presencia de oligoelementos u otros constituyentes. Su contenido de sales totales (residuo seco a 180º) será un 20% mayor al de las aguas de pozos superficiales y de las aguas potables suministradas para el consumo público de la zona.
Debe cumplir con los siguientes requisitos:
Olor y sabor inobjetable
Color máx. 10 unidades de platino cobalto
Turbidez máx. 1.5 NTU (unidades nefelométricas)
Amoníaco no detectable Bario máx. 1.0 mg/l
Cloro libre no detectable
Materia Orgánica (OC) máx. 3 mg/l
Nitratos como NO3 máx. 100 mg/l
Nitritos no detectable
Plata máx. 0.05 mg/l
Sulfuro no detectable
Compuestos fenó-
licos, pesticidas, hidrocarburos aro-
máticos polinucleares
aceites minerales, grasas, agentes
tensoactivos ausentes
Para los contaminantes tóxicos no incluidos aquí, deberán cumplirse los límites establecidos para agua potable.
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