Queda prohibido preparar, mezclar, acopiar o mantener en alguna forma, materiales de construcción de cualquier naturaleza en todo o parte de las aceras o pavimentos. Los contratistas que deseen ocupar a esos efectos parte de la acera deberán necesariamente solicitar licencia para la instalación de una barrera o valla, y una vez colocada la misma en las condiciones reglamentarias, sólo podrán mantener esos materiales o tierras en el lado interior de la barrera o valla.