El servicio de transporte de enfermos (ambulancias) dentro del Departamento de Montevideo será regido por lo dispuesto en el presente Capítulo y en lo que fuera pertinente, por las normas del Volumen V del Digesto Departamental.
El servicio de transporte de enfermos (ambulancias) dentro del Departamento de Montevideo será regido por lo dispuesto en el presente Capítulo y en lo que fuera pertinente, por las normas del Volumen V del Digesto Departamental.
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