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D.2163

La Intendencia adoptará las medidas conducentes a facilitar el acceso de lisiados a locales en que se hallen emplazados centros de enseñanza, hospitales, sanatorios o cualquier otra casa de salud; cines, salas de conferencias y templos de las distintas religiones.
A tal efecto, la Intendencia procederá a construir una rampa que facilite el acceso de los sillones de ruedas a las aceras.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2163
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título XIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. I, Art. 2163
Fuentes
Fuente: 
art. 3
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0006.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0012.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.D.2163.0000.0000.0000.0000
Id: 
VI-D.2163