Las maderas se dispondrán en pilas, cuya altura no deberá ser mayor de cinco metros y su separación de las paredes medianeras deberá ser mayor de un metro cincuenta centímetros.
Las maderas se dispondrán en pilas, cuya altura no deberá ser mayor de cinco metros y su separación de las paredes medianeras deberá ser mayor de un metro cincuenta centímetros.
© copyright 2016 | Intendencia de Montevideo | Todos los derechos reservados