Las infracciones a este capítulo serán penadas con multas de acuerdo con lo que establece el Régimen Punitivo Departamental.
Notas:
Las infracciones serán sancionadas conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 5.º (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas), Sección IV del Régimen Punitivo Departamental (Decreto N.º 21.626)
