La Intendencia podrá autorizar la instalación de salientes desmontables o el mantenimiento de las actuales que no se ajusten estrictamente a las disposiciones contenidas en el presente Capítulo, en casos especiales, debidamente fundados y previo informe favorable de los Servicios competentes.
Por Res.IM Nº 5774/16 de 12/12/2016, num. 1º se estableció que: “Los/as Directores/as de los Servicios Centro Comunal Zonal con comunicación al Gobierno Municipal correspondiente podrán otorgar tolerancias de carácter simple que se soliciten para la instalación o regularización de salientes desmontables o marquesinas, la que comprende la variación dimensional de hasta 15% respecto a la norma aplicable de la altura del plano límite superior y del espesor de la marquesina.”
