Locales administrativos.
1. Características físicas:
1.1 Altura: mínima 2.40 m en locales con techo inclinado, 2.40 m de promedio y 2.20 mínima.
1.2 Superficie: mínima 6 mc, lado mínimo 2 m.
2. Características constructivas:
No se prevé ninguna en especial, fuera de las indicadas para locales de trabajo.
3. Condiciones higiénicas:
Se aplicarán las mismas condiciones que se exigen para escritorios.
4. Excepciones: Se admitirán locales con una superficie máxima de 5mc, con destino control de personal y de maquinarias donde no se realice trabajo permanente, los cuales podrán tener iluminación artificial y ventilación a través de otro local con un área mínima de 1/20 de su superficie
Back to top