Área de contención. En todas las estaciones de servicio automotriz y para todo tipo de surtidores, debe existir un área de contención, la que se ajustará a la siguiente disposición:
La zona de surtidores debe aislarse en forma perimetral del resto del predio, a través de un sistema de contención para limitar los posibles vertidos de material combustible. Dicha barrera perimetral debe estar contenida en el área de restricción y distar como mínimo 2,50 m (dos metros y cincuenta centímetros) de los surtidores.
Notas:
Ver Arts. 2º, 3º y 4º de Dto. JDM Nº 34.481 de 07/01/2013.