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R.1677

Se presentará:
a) un plano de mensura y deslinde del predio;
b) un plano de fraccionamiento por pisos o departamentos.
En el plano de mensura deberán constar las zonas de ubicación y las características correspondientes a cada una de ellas.
Este plano será registrado en la Dirección General del Catastro Nacional. En el plano de fraccionamiento deberá especificarse la superficie total del predio según el plano de mensura y deslinde; superficie total a edificarse; la correspondiente a cada piso o departamneto y la destinada a garajes cuando corresponda.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1677
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título IV, Cap. VII, Art. 1677
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
num. 2
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0007.0000.0000.0000.0000.R.1677.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-R.1677