Back to top

R.1688

Las obligaciones unificadas vertidas en el Fondo citado en el artículo R. 1687, integrarán el costo de las obras sanitarias realizadas por el régimen de bonos municipales y modificativos y se considerarán para la formulación de las cuentas, a cargo de los Propietarios de los Inmuebles.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1688
Estado
Estado: 
Dejado sin efecto
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título V, Cap. I, Art. 1688
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Fuente: 
num. 6
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.R.1688.0000.0000.0000.0000
Id: 
XV-R.1688