Una vez extendida la autorización de habilitación correspondiente por el Servicio de Edificación o por intermedio de su representación técnica delegada en el Servicio de Espectáculos Públicos, la vigilancia y contralor inspectivo respecto del cumplimiento de las condiciones técnicas que determinaron la aprobación correspondiente, estarán a cargo del Servicio de Espectáculos Públicos. Esta, a su vez, exigirá al interesado la obtención de un "permiso mensual" de uso y funcionamiento.
