Exceptúase de lo dispuesto en el presente Capítulo aquellos expedientes o
material documental archivados que, aún no siendo de utilidad práctica para la
Intendencia Municipal de Montevideo, por su valor histórico o artístico, que
den mérito a su conservación, en cuyo caso serán enviados al Departamento de
Cultura, la cual, luego de valorar tales extremos, procederá a la remisión de
los que considere justificados, al Archivo General de la Nación.
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