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R.104.6

Exceptúase de lo dispuesto en el Art.R.104, a la documentación respaldante de
los pagos de facturas de tributos y tarifas municipales (talonarios), así como
a la emitida por el Servicio de Tesorería no referida a egresos, la que podrá
ser retirada de los archivos y eliminada una vez transcurridos dieciocho (18)
meses desde su ingreso a los mismos.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
104.6
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Art. 104.6
Administrativo
Órden: 
R.0104.0006.0000.0000.0000
Id: 
II-R.104.6