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D.224.466.1

Los edificios que se construyan o habiliten para los usos establecidos en el artículo anterior, se ubicarán de acuerdo con las directivas siguientes:
1) Los comercios de abastecimiento y servicio se podrán ubicar libremente en la zona, excepto en predios frentistas a ramblas, siempre que el área edificable de los mismo no supere los 50mc. y el edificio se in­tegre arquitec­tónicamente al entor­no.
2) Los edificios destinados a los usos referidos en los apartados C), D), E), y F), del artículo anterior, podrán instalarse libremente en la zona con excepción de los des­tinados a institutos de enseñanza que no podrán tener acceso por las Ramblas y Avenidas.
3) Los restantes destinos se ubicarán en las zonas que a tales efectos se determinan a con­tinuación:
a) Avda. Alfredo Arocena( ambos frentes) entre las calles Carlos F. Sáez y Jamaica;
b) calle Juan B. Alberdi (ambos frentes) entre las de Jamaica y Cooper;
c) Avda. Bolivia (ambos frentes) entre las cal­les Canadá y Boston;
d) Avda. Gral. José María Paz (ambos frentes) entre las calles Palmas y Ombúes y Caramurú, incluí­dos los padrones esquina pertenecien­tes a las man­zanas catastrales 5301 y 7030, en la intersección de la Avenida con la calle Caramurú.-
e) Avda.Italia (ambos frentes) entre las calles Catania y Bolonia y la Avda. Bolivia (ambos frentes) entre la de Italia y la calle Dr. Carlos Travieso; y,
f) calle Gral. Nariño (ambos frentes) entre las de Gral. Máximo Tajes y Fedra.
Las zonas comerciales delimitadas para la Avda. Alfredo Arocena entre las calles Carlos F. Sáez y la Avda. Gral Rivera y para la Avda. Gral José María Paz entre las calles Palmas y Ombúes y Caramurú, podrán extenderse hasta una distancia de 60m. de las citadas avenidas por las calles transversales a excepción de la calle Carlos F. Sáez, en la que se extenderá hasta la calle Costa Rica.

 

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
224.466.1
Estado
Estado: 
Derogado
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título XI, Cap. IV, Secc. I, Art. 224.466.1
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 11
Observaciones: 
Fuente: 
art. 2
Observaciones: 
(art. D.466.1 del Vol. IV Urbanismo)
Fuente: 
art. 7
Observaciones: 
(art. D.466.1 del Vol. IV Urbanismo)
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
(art. D.466.1 del Vol. IV Urbanismo)
Fuente: 
art. 3
Observaciones: 
(art. D.466.1 del Vol. IV Urbanismo)
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0011.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.D.0224.0466.0001.0000.0000
Id: 
IV.I-D.466.1