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D.224.537.4

Clasificación de las construcciones - Las construcciones existentes en el área delimitada en el Art. D. 537.2 serán calificadas por resolución de la Intendencia, a propuesta de la Comisión Especial Permanente en cinco categorías asignando a cada una de ellas un grado de protección. Dicha protección implicará para cada grado respectivamente:
Grado 0: edificio que puede ser sustituído.
Grado 1: edificio que puede ser remodelado o eventualmente sustituído pero con dimensiones y tratamiento formal que mejoren su integración al contorno.
Grado 2: edificio que sólo puede ser remodelado, pero manteniendo los elementos significativos que se indican y su adecuación al entorno.
Grado 3: edificio que debe ser conservado globalmente, sólo se admitirá en él modificaciones que no afecten sus valores y características arquitectónicas.
Grado 4: edificio de máximo valor testimonial que debe ser conservado integralmente, debiéndose suprimir agregados y alteraciones indebidas, sólo se admitirá en él prudentes y discreta introducción de elementos de acondicionamiento y apropiadas modificaciones reversibles.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
224.537.4
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título XI, Cap. IV, Secc. IV, Art. 224.537.4
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 11
Observaciones: 
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
(art. 537.4 del Vol. IV Urbanismo)
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0011.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0004.0000.0000.0000.0000.D.0224.0537.0004.0000.0000
Id: 
IV.I-D.537.4