Los cinturones de seguridad de tres puntas deberán ser simultáneamente:
a) pélvicos, o sea que pasen por delante de la pelvis, y de bandolera, o sea que crucen el torso del que lo utilice;
b) con anclajes en el piso y/o parantes que garanticen el cumplimiento eficiente de su función, no admitiéndose anclajes al propio asiento, excepto que dicho anclaje provenga incorporado desde la fabricación del mismo;
c) regulables en altura.
Back to top