La División Tránsito y Transporte podrá exigir a los vehículos referidos en el artículo anterior las inspecciones que considere necesarias para la realización del servicio.
La División Tránsito y Transporte podrá exigir a los vehículos referidos en el artículo anterior las inspecciones que considere necesarias para la realización del servicio.
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