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R.1699.7

(Diámetro de la cañería principal y de los ramales).- El diámetro interior de la cañería principal de un edificio será mayor o igual a 100 mm.

El diámetro máximo admisible será aquel que sea compatible con el caudal a desaguar sin tener que trabajar la cañería a presión.

Las cañerías de desagüe de inodoros serán, como mínimo y en todos los casos, de 100 mm de diámetro interior y se las comunicará directamente con la cañería principal domiciliaria.

Identificadores
Tipo: 
R
Número: 
1699.7
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. XV, Libro XVI, Parte R, Título V, Cap. II, Art. 1699.7
Fuentes
Fuente: 
num. 4
Observaciones: 
Fuente: 
num. 6
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0015.0000.0000.0000.0000.D.0016.0000.0000.0000.0000.B.0002.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0002.0000.0000.0000.0000.R.1699.0007.0000.0000.0000