(Accesibilidad a los depósitos). La accesibilidad a la parte superior de los depósitos de reserva de agua potable para la inspección de las bocas de acceso y el acceso a las tapas laterales de los mismos se efectuará, de ser necesario, mediante escalera y plataforma.
La plataforma a instalar para la operación de retiro de las tapas laterales tendrá un ancho mínimo de 0.70 metros. Deberá contar con una baranda de protección que tendrá una altura de 1.00 metro y barrotes cuya separación no sea mayor de 0.20 metros.
La escalera a instalar deberá tener un ancho mínimo de 0.50 metros con una contra huella de 0.30 metros. Dicha escalera deberá amurarse en su parte superior al techo del depósito y contará con protección lateral de forma semicilíndrica con las características de baranda.
Además, adyacente a la escalera y a nivel de techo del depósito se instalará una grapa metálica de ø12 milímetros con un ojo mayor o igual de 5 centímetros de diámetro que permitan la sujeción de los elementos de seguridad.
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