(Exigencias sobre servicios higiénicos en locales no destinados a viviendas).
a) Escuelas.
Varones. 1 I.P., 1 lavabo y 1 bebedero cada 50 alumnos o fracción o cada salón. Para más de 200 alumnos, o cada 4 salones, se podrá sustituir el 50% de I.P. por orinales.
Niñas. 1 I.P., 1 lavabo y un bebedero por cada 50 alumnos o a cada salón.
Mixta. 1 I.P., 1 lavabo y un bebedero para niñas cada 100 alumnos o fracción, o cada 2 salones de clase. Para más de 400 alumnos o más de ocho salones, el 50% de los I.P. para varones se podrán sustituir por mingitorios.
b) Confiterías, bares, etc.
Pequeños despachos de bebidas sin mesas: 1 I.P. y 1 lavabo.
c) Cafés y bares (para hombres solamente)
Hasta 15 mesas: 1 I.P. (separado) 1 orinal y 1 lavabo; de 5 a 15 mesas: 1 I.P. separado, 2 orinales y 1 lavabo.
d) Confiterías, cafés, bares (concurrencia mixta)
Hasta 5 mesas: para hombres 1 I.P. (separado), 1 orinal y 1 lavabo. Para señoras, 1 I.P. (separado y 1 lavabo). Más de 15 mesas: para hombres, 2 I.P. (separados), 3 orinales y 2 lavabos. Para señoras: 1 I.P. (separado) y 1 lavabo.
e) Fábricas.
Se entenderá por servicio completo el formado por un I.P., un mingitorio y un lavabo.
Hasta 15 obreros: 1 servicio completo.
De 15 a 100 obreros: 1 servicio completo cada 15 obreros.
De 100 a 200 obreros: 1 servicio completo cada 20 obreros.
De 200 a 300 obreros: 1 servicio completo cada 25 obreros.
Más de 300 obreros: 1 servicio completo cada 30 obreros.
Para más de 15 obreros puede sustituirse el 50% de los I.P. por orinales. Cuando en el local trabajen cinco o más mujeres o menores se establecerán para éstos, servicios higiénicos independientes. Los destinados a los hombres, en las mismas condiciones anteriores determinándose el número de servicios en la proporción correspondiente a cada sexo.
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