(Tuberías de alimentación, distribución y retorno). Todas las tuberías del sistema de alimentación, distribución y retorno deberán contar con la aprobación, o certificación de fabricación según norma, si corresponde, para la conducción de agua potable.
Cuando estas tuberías queden expuestas a la intemperie deberán ser resistentes a esta condición e independientemente del tipo de material de la tubería, estar cubiertas por aislantes térmicos que sean eficaces para este fin y capaces de soportar la acción de los rayos UV. En caso de utilización de materiales plásticos, con exposición a intemperie, deberán ser del tipo con alma de aluminio y resistentes a la acción dinámica y estática del fluido transportado.
Esta condición de instalación de las tuberías deberá ser avalada por los fabricantes de las mismas dentro del trámite de aprobación del material sanitario.
En los gráficos de la instalación sanitaria se indicará el tipo de aislante a utilizar, y la vida útil estimada por el fabricante de los mismos para las condiciones de exposición a intemperie directa.
Los materiales integrantes del sistema de calentamiento de agua por energía solar, cuando sea del tipo directo no podrán generar elementos que produzcan migración alguna de elementos nocivos o que alteren de forma alguna la potabilidad del agua de consumo humano.
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