Los restantes temas planteados por los Intendentes para ser decididos por el Plenario, a cuyos efectos existirá una agenda abierta permanente en la Secretaría General serán considerados directamente por éste, requiriéndose a tales efectos la presencia de un mínimo de 10 integrantes (Intendentes o representantes) y el voto favorable para su aprobación de la mayoría de los presentes.