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A.677

Los organizadores de los Escenarios Populares, nominados según lo que establece el artículo 2º(*), deben contar en todos los casos con el aval del Concejo Municipal de la zona correspondiente.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
677
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IV, Cap. XXXVII, Secc. XXII, Art. 677
Notas: 

Ver: (*) Se refiere al artículo 676 del Volumen I del Digesto Departamental.

Fuentes
Fuente: 
art. 3
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0037.0000.0000.0000.0000.G.0022.0000.0000.0000.0000.A.0677.0000.0000.0000.0000