Vigencia. A partir del 13 de enero de 2014 se otorga un plazo de tolerancia de 5 (cinco) años, período por el cual se continuarán aceptando la circulación de envases con medidas diferentes a las estandarizadas por esta norma. Durante dicho plazo todos los usuarios de envases deben tomar los recaudos necesarios destinados a obtener el cabal cumplimiento de las obligaciones establecidas. Vencido el mismo quienes incumplan serán pasibles de las sanciones que se establezcan conforme lo dispuesto en el artículo D.1748.44.