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A.683.3

El Gobierno Municipal podrá dictar resolución autorizando el uso de los locales a organizaciones sociales sin fines de lucro, celebrando el convenio correspondiente donde se detalle el objeto del proyecto social y cultural, obligaciones de la asociación y plazo, responsabilidades en el uso del local, mecanismos para definir las actividades a desarrollar y las formas de información, comunicación y rendición de cuentas con el Gobierno Municipal.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
683.3
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IV, Cap. XXXVII, Secc. XXIII, Art. 683.3
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 3º de la reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0037.0000.0000.0000.0000.G.0023.0000.0000.0000.0000.A.0683.0003.0000.0000.0000