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A.683.18

Responsabilidad. La Organización Social usuaria del local asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella y los beneficiarios del programa, así como las obligaciones que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respecto de las cuales la Intendencia de Montevideo y el Gobierno Municipal del territorio son por completo ajenos. La Organización Social usuaria declara asumir la obligación de reparar cualquier daño que se cause al local cuyo uso se autoriza o a terceros, en ocasión de la actividad a desarrollarse. La Intendencia de Montevideo y el Gobierno Municipal no serán responsables por la pérdida, hurto o daño causado a cualquier artículo de cualquier tipo, traído o dejado en el local.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
683.18
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IV, Cap. XXXVII, Secc. XXIII, Art. 683.18
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
art. 18º de la reglamentación.
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0037.0000.0000.0000.0000.G.0023.0000.0000.0000.0000.A.0683.0018.0000.0000.0000