Establecer protección ambiental para todos los padrones y espacios públicos (vías y plazas) no pertenecientes al conjunto original del Barrio Reus al Norte, que integran la Sub-zona “A”, así como también para los pertenecientes a las Sub-zona “B”, con un especial control sobre la definición de la volumetría de las edificaciones, en particular en la incorporación de elementos emergentes sobre el plano superior de cubierta o de salientes de fachada, tales como tanques elevados, instalaciones sobre azotea, antenas, marquesinas, cartelerías, etc.