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D.202

Suelo Suburbano no Habitacional Intensivo (SSNHI).- Son áreas de territorio constituidas por enclaves destinados a actividades logísticas e industriales, de inconveniente inserción en el suelo urbano por su alto impacto territorial, paisajístico y/o de tránsito. Dichas actividades requieren predios de grandes dimensiones con acceso de cargas habilitadas por el Plan de Movilidad y con accesibilidad al Puerto de Montevideo y a los corredores de transporte nacional e internacional.
El Suelo Suburbano no Habitacional Intensivo, comprende el área señalada como tal en lámina “Subcategorías de Suelo” de la cartografía de referencia.
En este suelo se prevén acciones que contribuyan a:
1) Dar soporte territorial a actividades productivas en localizaciones que cuenten con las infraestructuras necesarias (caminería, saneamiento, agua).
2) Priorizar localizaciones en sectores contiguos a la zona urbana de manera de no extender irracionalmente la mancha urbana.
3) Evitar la localización de estas actividades en áreas ecológicamente significativas como los cursos de agua, y sus respectivos corredores de biodiversidad.
4) Controlar la implantación de las actividades exigiendo los estudios pertinentes a aquellos emprendimientos que impliquen riesgos potenciales, especialmente por emisiones líquidas o gaseosas, por modificaciones en el tránsito vehicular o por alteraciones paisajísticas relevantes.
5) Manejar estrategias de implantación en común con el área metropolitana.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
202
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. I, Cap. VI, Secc. V, Art. 202
Fuentes
Fuente: 
art. 4
Observaciones: 
art. 31º de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0001.0000.0000.0000.0000.F.0006.0000.0000.0000.0000.G.0005.0000.0000.0000.0000.D.0202.0000.0000.0000.0000