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D.709.14

De las sanciones. El incumplimiento de las disposiciones del presente Capítulo dará lugar a las sanciones correspondientes conforme lo dispuesto en el Capítulo I, Título IV Parte Legislativa del Libro IV del Volumen V del Digesto Departamental y en los artículos 12 y 13 del régimen punitivo vigente (Decreto Nº 21.626 de 11 de abril de 1984 y modificativas).(*)

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
709.14
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. V, Libro IV, Parte L, Título III, Cap. V, Art. 709.14
Fuentes
Fuente: 
art. 13
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0005.0000.0000.0000.0000.D.0004.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0003.0000.0000.0000.0000.F.0005.0000.0000.0000.0000.D.0709.0014.0000.0000.0000