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A.719.1

Las dependencias del Ministerio del Interior que, en ejercicio de sus competencias, soliciten información respecto a la identidad de titulares de vehículos empadronados en el Departamento de Montevideo, así como otros datos vinculados con automotores, deberán dirigir sus requerimientos a la Unidad de Acceso a la Información Pública, dependiente del Departamento de Secretaría General de esta Intendencia, donde serán recibidos tanto en formato papel, como mediante comunicación a la dirección electrónica <derechoalainformacion@imm.gub.uy>.

La autoridad solicitante -la que deberá estar adecuadamente identificada- amparará su solicitud en el Artículo 9º, literal B) de la Ley Nº 18.331, de 11 de agosto de 2008.

La Unidad de Acceso a la Información iniciará un expediente, con las mismas características que los correspondientes a las solicitudes formuladas al amparo de la Ley No. 18.381, y comunicará de inmediato al Servicio de Contralor y Registro de Vehículos, por teléfono o mediante correo electrónico, el objeto del requerimiento recibido.

El Servicio de Contralor y Registro de Vehículos suministrará la información de que se trate en el más breve tiempo posible, para dar respuesta al solicitante presencial, o brindar contestación al e-mail recibido.

Una vez proporcionada la información a la dependencia ministerial solicitante, se adjuntará la constancia de su recepción mediante formulario de notificación, e-mail, o firma del funcionario gestionante -si fuere el caso-, para finalizar el expediente iniciado y proceder a su archivo.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
719.1
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. I, Título IV, Cap. XL, Secc. II , Art. 719.1
Fuentes
Fuente: 
num. 1 a 5
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0040.0000.0000.0000.0000.G.0002.0000.0000.0000.0000.A.0719.0001.0000.0000.0000