Sobre clasificación. En virtud de que por sus atribuciones es el Servicio de Material y Armamento del Ejército Nacional a quien compete autorizar elementos pirotécnicos, así como clasificar los mismos, la presente normativa tomará como referencia lo dispuesto en la Orden 0778/ PROD/21 del 3 de agosto del 2021, y las normas que sobre la materia dicte el referido servicio en el futuro, sin perjuicio de la legislación Nacional que se apruebe al respecto.