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Por Dto. JDM Nº 37.970 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 17 de marzo de 2022 y promulgado por Res. IM Nº 1300/22 de fecha 21 de marzo de 2022 se procede a sustituir la redacción de los artículo D.825.1 y D.829, así como a incorporar el literal h) del artículo D. 822 de la Sección IV “De los automóviles con taxímetros”, Capítulo I “Del transporte de personas”, Título II “De los servicios privados de interés público”, Parte Legislativa, Libro V “Del transporte”, del Volumen V “Tránsito y Transporte” del Digesto Departamental, cuyas modificaciones normativas implican respectivamente que se permite el ascenso de perros guía que acompañen a personas con discapacidad visual, se autoriza el traslado de mascotas acompañadas de su dueños/as y se permitie y facilita el ascenso de mascotas que acompañen a personas en sus traslados.-