La reglamentación que dicte el Intendente establecerá la participación de cada empresa beneficiaria en los beneficios del Fondo y las obligaciones a asumir por parte de cada una de las empresas beneficiarias con relación al repago de las sumas que reciban del Fondo.
Notas:
Ver artículos R.465.10 a R.465.26 del Volumen V del Digesto Departamental.