(Régimen subsidiario). Disponer que en los aspectos no regulados en el presente decreto será aplicable la normativa recogida en el Digesto Departamental Volumen X “De los Espacios Públicos y de Acceso al Público”, Título III “Publicidad y propaganda”, Capítulo II “De la Publicidad y Propaganda en Espacios Privados apreciable desde el Espacio Público” y Capítulo III “De la Publicidad y Propaganda. Disposiciones comunes”.